KAFKA, LA EXCEPCIONALIDAD Y EL ‘FUERO MILITAR’
Mi hipótesis consiste en sostener que el ‘fuero militar’ que se discute actualmente en Colombia representa una innovación autoritaria, en la que no se busca simplemente garantizar la impunidad sino institucionalizar la acusación falsa como política de Estado. Andrés Fabián Henao | |
Fuente: http://confidencialcolombia.com | |
Mauricio García Villegas asegura que “el estado de excepción se convirtió, por lo menos hasta 1991, en un instrumento ordinario de la política gubernamental” (Normas de Papel, página 228). Esto quiere decir que hasta 1991 el país vivió más años bajo la figura del estado de sitio que fuera de ella, que dicha excepcionalidad resultó legalizada por el Congreso—que se encargó de convertir al ejecutivo en un legislador de hecho—, que se criminalizó el control político y jurídico del exceso represivo del Estado y que los delitos civiles pasaron a ser parte de la justicia militar. |
La Constitución Política de 1991, ella misma resultado de una norma excepcional, representó un punto de quiebre con esta tendencia. Si hasta 1991 la excepcionalidad (en lenguaje schmittiano) se justificaba con el argumento de las necesidades que suponía enfrentar al enemigo político, la guerrilla, para principios de la década del noventa el Estado colombiano había encontrado otra solución en la para-institucionalidad. En lugar del oxímoron político que consistía en respaldar simultáneamente el orden constitucional y su excepción, el Estado decidió privatizar la guerra con el apoyo del narcoparamilitarismo, que demostró su efectividad con el genocidio de la Unión Patriótica, no solo para enfrentar el enemigo político, sino para hacer al régimen político inmune frente a la protesta popular, al mismo tiempo en que extendía su control territorial. Así que después de 1991, cuando el Ministro de Defensa estimaba los grupos paramilitares en cerca de mil hombres, el Estado dejó de vivir en un perpetuo estado de excepción de jure para vivir en un perpetuo estado de excepción de facto, y en el 2005, cuando se aprobó la Ley de Justicia y Paz, ya no se hablaba de mil sino de 30 mil paramilitares en el ministerio.
El Decreto 356 de 1994, promovido por el entonces Gobernador de Antioquia, Álvaro Uribe Vélez, representó un nuevo punto de quiebre con este modelo. Con las convivir, el eufemismo con el que se bautizó a las cooperativas de seguridad privada, el Estado buscó armonizar lo que hasta 1991 parecía imposible, la guerra seudolegal que la excepcionalidad de jure había hecho posible, con la guerra sucia que la excepcionalidad de facto le encargó a los ejércitos privados de los narcotraficantes. Mancuso, que en el 2004 desmovilizaría 1425 paramilitares del Bloque Catatumbo, aseguró que sin las Convivir hubiera sido imposible para las autodefensas extender sus influencias en el César y en Sucre, en donde perpetraron varias masacres con el apoyo logístico de las instituciones militares. Las Convivir representaron el esfuerzo institucional más claro por legalizar a los ejércitos privados, pero también sentaron las bases para lo que sucedería en el 2002, cuando Álvaro Uribe Vélez fue electo presidente de Colombia.
El salto cualitativo del gobierno de Uribe fue el de intentar ‘democratizar’ el modelo policivo que se implementaba desde la segunda mitad de la década de los noventa, con una serie de programas que hacía menos clara la distinción entre civiles y militares, como lo fue el programa de soldados campesinos en el marco de lo que se denominó política de seguridad democrática. La pesadilla autoritaria del siglo veintiuno ya no consistía en legalizar los ejércitos privados, todo lo contrario: con la implicación de toda la ciudadanía en la lógica militar de la guerra sucia, el gobierno establecía las condiciones ideales para la desmovilización del narcoparamilitarismo. La Ley de Justicia y Paz, que se negoció con los jefes de los ejércitos privados, fue el resultado de este nuevo modelo de la excepcionalidad. Los paramilitares que no se desmovilizaron fueron re-bautizados con el nombre de nuevas bandas emergentes, intentando romper la continuidad histórica de la violencia privatizada con la discontinuidad lingüística del discurso político, y el delito político resultó inscrito en el nuevo vocabulario policivo del terrorismo, según el cual todo conflicto queda reducido a la guerra entre las instituciones legítimas y una criminalidad indistinta. Con la seguridad democrática de Uribe se intentó lograr lo que en el artículo 213 de la Constitución Política de 1991 parecía imposible, ya no la extensión del estado de conmoción interior (como se renombró al estado de sitio en 1991) más allá de los límites constitucionales, sino la institucionalización de la excepcionalidad como política de Estado, en donde toda la ciudadanía resultaba involucrada en el ejercicio policivo.
Los movimientos sociales, la protesta popular, las organizaciones por la defensa de los derechos humanos, los centros de investigación académica y las organizaciones no gubernamentales, entre muchos otros actores que luchan por la democracia y por el respeto de los derechos garantizados en la Carta Política, han logrado evitar que tal pesadilla autoritaria se materialice por completo. Algunos de los artículos más desastrosos de la Ley de Justicia y Paz fueron declarados inexequibles por la Corte Constitucional, se destaparon las relaciones entre el narcoparamilitarismo y los partidos políticos mayoritarios del uribismo en el Congreso, y se hicieron visibles, para la opinión pública, los nuevos crímenes de Estado que ahora se llaman con el eufemismo de ‘falsos positivos’. Esto quiere decir que así como la institucionalización de la excepción retorna al soporte burocrático del Estado, también comporta un elemento político de resistencia, que encuentra sustento en la obligación constitucional del Estado de respetar el derecho internacional humanitario y los demás acuerdos a los que se ha comprometido.
La nueva batalla por la excepcionalidad, que se vive bajo el legado de la seguridad democrática, gira en torno al ‘fuero militar’, las medidas policivas que se intentan implementar desde que fue radicado el proyecto de acto legislativo 192 de 2012 en la Cámara y 016 de 2012 en el Senado, “por el cual se reforman los artículos 116, 152 y 221 de la Constitución Política de Colombia”. El objetivo del ‘fuero militar’ no solo es el de garantizar la impunidad del aparato militar y policivo del Estado. Incluso sin ‘fuero militar’ los índices de impunidad contra las violaciones de los derechos humanos cometidas por los agentes del Estado son un verdadero escándalo y otros mecanismos (ejecuciones extrajudiciales, amenazas, corrupción) han demostrado ser efectivos para hacer a las autoridades militares inmunes contra la justicia. Esto no quiere decir que cuestionar el ‘fuero militar’ no tenga implicaciones jurídicas y políticas concretas en la lucha contra la impunidad. En su artículo, “Las sin razones del fuero ampliado”, Rodrigo Uprimny destaca la coincidencia entre la apertura de investigaciones contra los militares y la visibilidad política de los ‘falsos positivos’, que representan un salto cualitativo de la guerra en Colombia . Estas investigaciones son material y simbólicamente importantes en el esfuerzo por garantizar las condiciones democráticas del estado de derecho. Es importante que de 8 investigaciones que se abrieron en el 2000 se hayan abierto 600 en el año 2006, cuando los casos de campesinos que se hacían pasar por guerrilleros, para alcanzar los ‘indicadores de gestión’ y poder así cobrar las comisiones establecidas, se volvió recurrente. Es preocupante que en medio de uno de los peores escándalos por crímenes de estado, tras la eliminación sostenida de la Unión Patriótica desde la década de los ochenta, tan sólo 13 casos se hubieran abierto en el 2009 y apenas 3 en el año 2011.
Pero la batalla por el ‘fuero militar’ revela algo más fundamental en la normalización de la excepcionalidad a la que asistimos desde que el estado de sitio se volvió continuo entre 1948 y 1991. Algo que el filósofo italiano, Giorgio Agamben, autor de El Estado de Excepción (2003), nos puede ayudar a entender. En una conferencia que Agamben sostuvo con la profesora de retórica de la Universidad de Berkeley, Judith Butler sobre el caso de Eichmann, a propósito de la ley y de la justicia, Giorgio Agamben trajo a colación una curiosidad lingüística en El Proceso, un célebre texto del escritor alemán Kafka. El escrito cuenta la historia de Joseph K., que una mañana cualquiera no encuentra a la señora Grubach que le llevaba todos los días el desayuno a la cama sino a otro hombre que nunca antes había visto y que, sin responder a sus preguntas, le hace saber que un proceso se ha abierto en su contra, que Kafka ha sido acusado. Mi hipótesis es que el fuero militar, en coincidencia con el caso de los ‘falsos positivos’, introduce una innovación en nuestra comprensión del estado de excepción colombiano, en relación con la acusación como la institucionalización de la calumnia como política de Estado.
De acuerdo con Agamben, la letra K., de Joseph K., no hace referencia a Kafka, el autor del texto, sino a la K latina de calumnia, escrita con ‘K’ en el derecho romano. La K se imprimía en la frente de los calumniadores como castigo por haber dado origen a un dispendioso y costoso proceso jurídico que era falso. No hay que olvidar que la acusación, incluso antes del derecho romano, ha estado en el origen del derecho y de la democracia, cuando Solón instituyó la Heliade en la Constitución de Atenas. Quizás quepa recordar también el juicio político de Sócrates en 399BC, que la filósofa alemana Hannah Arendt identificó como el evento fundacional del pensamiento político occidental, porque cristalizó el conflicto entre el filósofo y la polis. Sócrates fue acusado por Meleto, Anito y Licón, por adorar dioses falsos y corromper a los jóvenes, un juicio político en el que los demócratas buscaban saldar cuentas con la tiranía de los treinta, que los espartanos impusieron cuando Atenas perdió la guerra del Peloponeso, en 404BC. Este régimen oligárquico fue responsable por el exilio de muchos demócratas, durante los nueve meses de su reinado, y la masacre de cerca de tres mil ciudadanos, una tiranía en la que participaron varios estudiantes de Sócrates, como Critias, sustentando la validez de los cargos esgrimidos por los demócratas.
Mi hipótesis consiste en sostener que el ‘fuero militar’ que se discute actualmente en Colombia representa una innovación autoritaria, en la que no se busca simplemente garantizar la impunidad sino institucionalizar la acusación falsa como política de Estado. El nuevo modelo autoritario, en medio del drama político de la identidad en su vínculo con la ley, hace que ser nombrado por la ley y ser acusado por el Estado resulten indistinguibles. Hacer pasar al ciudadano que trabaja en el campo por el guerrillero que lucha en la selva, para que la seguridad que se le debe al primero se convierta en la violencia que se le inflige al segundo, representa un cambio cualitativo en la excepcionalidad que se vive en el marco de la seguridad democrática. Un mecanismo más efectivo en la reproducción del control represivo de la protesta popular. Sugiero que la lectura que hace Agamben de El Proceso de Kafka nos permite ver en la coincidencia política que existe entre los ‘falsos positivos’ y el ‘fuero militar’, no el exceso de un Estado que nuevamente subordina la ley a la violencia, el orden constitucional a la normalización de su excepcionalidad, sino el origen siempre presente de la violencia en la ley, la posibilidad de hacer ambos órdenes completamente indiferentes. El triunfo político del autoritarismo, con la aprobación del ‘fuero militar’, consiste en fijar la identidad a partir de la acusación falsa, en hacer la Kalumnia indistinguible de la impunidad al convertirla en política de seguridad democrática.
1http://www.dejusticia.org/index.php?modo=interna&tema=sistema_judicial&publicacion=1389.
2http://www.youtube.com/watch?v=Jk33UFiKEPo
Palabras al margen
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