Los límites del Tratado Internacional sobre el Comercio de Armas
Ciertamente
es menos novelesca que las amorosas mentiras del exministro francés del
Presupuesto, Jerôme Cahuzac*, pero más optimista: la adopción por una amplia
mayoría de la Asamblea General de las Naciones Unidas, el martes por la tarde,
de un primer Tratado sobre el comercio internacional de las armas denominadas
clásicas o convencionales. Al término de dicho texto, que se lleva discutiendo
siete años, ahora cada país deberá evaluar en todas las transacciones si las
armas vendidas podrían utilizarse para soslayar un embargo internacional, para
cometer genocidios o «violaciones graves de los derechos humanos o desviarse en
provecho de terroristas o criminales.
A pesar
de las exclamaciones victoriosas del secretario general Ban Ki-Moon, que
califica el hecho de «éxito diplomático histórico» que presuntamente dará «un
nuevo y bienvenido impulso a otros esfuerzos de desarme», la adopción del
tratado solo es un comienzo:
- El
texto, adoptado por 154 votos a favor, tres en contra y 23 abstenciones, ahora
tiene que ser presentado, firmado y ratificado por cada uno de los países y no
entrará en vigor hasta la quincuagésima ratificación, lo que todavía podría
tardar varios años.
- El
consenso general de los 193 países miembros de la ONU no se pudo conseguir
debido a la firme oposición de tres Estados, a saber, Siria, Corea del Norte e
Irán. Por eso se decidió hacer una votación en la Asamblea en la que bastarían
dos tercios de los votos, aunque desde el punto de vista político esta forma de
adopción no es tan fuerte como el consenso.
- Entre
los 23 países que se abstuvieron hay sobre todo países emergentes, y entre
estos, a su vez, los principales exportadores (Rusia, China) y los principales
compradores de esas armas (Egipto, India, Indonesia).
Actores
no estatales
Aunque concierne a un amplio abanico de armas, el
Tratado excluye los equipos destinados a las fuerzas del orden y al transporte
de tropas (incluidos los vehículos blindados), los drones y una parte de las
municiones y las piezas.
El texto
no hace referencia explícita al suministro de armas a «actores no estatales»
(como los rebeldes de Chechenia o Siria), que es la razón esgrimida por Damasco
para votar en contra y de Rusia para abstenerse.
Por otra
parte la India, uno de los principales compradores de armas en la actualidad,
considera que el tratado está «desequilibrado», ya que privilegia a los
exportadores en detrimento de los importadores al permitir a los primeros
anular de forma unilateral los contratos de suministro de armas con base en
sospechas a menudo imposibles de comprobar.
Mala
señal
Estados
Unidos, tradicionalmente reacio a cualquier cosa que pueda estorbar al comercio
de las armas, del que es campeón mundial (1), consiguió que las municiones (de
las cuales produce la mitad del volumen mundial) disfruten de controles menos
estrictos.
Finalmente
el gobierno estadounidense votó a favor de la Resolución abriendo de esa forma
el Tratado a la firma. Sin embargo eso no garantiza que el Congreso ratifique
el texto, a pesar de la satisfacción expresada por
el secretario de Estado John Kerry que considera que el Acuerdo «no se
inmiscuye en la Constitución estadounidense» (la cual garantiza a todos los
ciudadanos de EE.UU. el derecho a poseer un arma, incluidas las armas de
guerra).
Por otra
parte el anuncio de Francia y el Reino Unido, a mediados de marzo, de su
intención de suministrar armas a los rebeldes sirios –violando el embargo
impuesto por la Unión Europea- no pudo caer peor que cuando los delegados en
las Naciones Unidas comenzaban su última ronda de negociaciones sobre ese
proyecto de Acuerdo.
Volúmenes
considerables
Las ONG,
que llevan luchando 15 años para conseguir el estudio y aprobación del Tratado,
prefieren insistir en los progresos realizados aunque aparezcan ambigüedades:
- Una
aplastante mayoría de los Estados votó «a favor», muchos más de los dos tercios
necesarios.
- La
mayoría de los armamentos, incluidos los «pesados», entra en el campo de
aplicación del Tratado, que se extiende desde el fusil de asalto hasta los
aviones y barcos de guerra, pasando por los misiles, los tanques, etc.
- Los
volúmenes de transacciones a los que concierne el Tratado son considerables:
las estimaciones van de 70.000 a 80.000, e incluso 100.000, millones de dólares
anuales, con un aumento global del 17% de las transferencias internacionales de armas convencionales en el último decenio, según
los datos publicados hace unos días por el Stockholm International Peace
Research Institute (SIPRI).
- Según
Louis Berlanger (OXFAM), uno de los portavoces de la coalición Control Armas,
«es una gran victoria frente a los dictadores y las personas que utilizan las
armas para burlar los derechos humanos: 154 gobiernos están a favor, no se
puede dar un mensaje más contundente… En este momento no hay ningún tratado ni
ley internacional que regule el comercio de armas, mientras sí hay reglas
respecto a los coches, la ropa… (2)
- Anna
MacDonald, encargada del asunto de las armas en OXFAM, se alegra de que «desde
las calles de América Latina hasta los campos de desplazados del este del
Congo, pasando por los valles de Afganistán, las comunidades que viven temiendo
los ataques posibilitados por un comercio de armas no regulado ahora puedan
confiar en un porvenir más seguro».
Lobbies
industriales
La
negociación ha dado lugar a compromisos peligrosos, según Nicolas Vercken, de
OXFAM France: «Más allá de sus bellas declaraciones a favor del respeto de los
derechos humanos y una mayor transparencia, Francia no ha dejado de perseguir
su auténtico objetivo: llegar a un tratado que Estados Unidos, Rusia, China e
India podrían eventualmente firmar como desean los lobbies industriales. Esta
postura en las negociaciones ha tenido un precio, el de ambigüedades y
compromisos potencialmente peligrosos, en particular sobre el control de las
municiones, la posibilidad de contravenir el respeto de los derechos humanos y
el derecho internacional humanitario e incluso la posibilidad de soslayar las
obligaciones del Tratado en el marco de acuerdos de cooperación y defensa» (3).
En medio
de la corriente
Según el
director del Observatorio de los Armamentos Patrice Bouveret, que además es miembro
de la coalición «Controlen las armas», las ambiciones contradictorias del
tratado marcan los límites:
«Cierto, en su artículo 6 el Tratado recuerda la
prohibición de autorizar cualquier transferencia que viole un embargo o
contravenga las obligaciones derivadas de los acuerdos internacionales en los
que el Estado exportador sea signatario. Pero al exigir la prohibición de las
transferencias de armas únicamente “si existe un riesgo preponderante” de que
se utilicen atentando contra la paz y la seguridad o puedan servir para cometer
violaciones del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos y
otras infracciones de las Convenciones internacionales, el Tratado abre la
puerta a interpretaciones sin control posible. Los Estados siempre podrían
agarrarse al derecho de legítima defensa, reconocido en el artículo 51 de la
Carta de las Naciones Unidas, e incluso al peligro terrorista para justificar
tal o cual exportación de sistemas de armamento.
En
realidad los autores del Tratado permanecen en medio de la corriente centrados
en los tráficos ilícitos más que limitando seriamente el comercio «legal»,
respondiendo así al deseo de los principales Estados exportadores, para quienes
el objetivo prioritario era limitar la competencia desleal e imponer una
regulación más estricta a los competidores del Sur, de Europa del Este y de
Asia. Pero ciertamente nada de disminuir sus colosales flujos de armas que
contribuyen a alimentar los conflictos y la inestabilidad creciente de nuestras
sociedades. Igualmente la ausencia de referencias a los criterios de evaluación
ante cualquier transferencia y al desarrollo de los derechos económicos y
sociales que esta compra de armas vendría a oponer, es una grave fractura en
esa «regla de oro» exigida por la coalición «Controlen las armas». Y respecto a
varios puntos más –como por ejemplo la ausencia de la obligación de
transparencia o la exclusión del campo de aplicación de los acuerdos de
cooperación entre dos Estados- el Tratado no está a la altura de los retos.
Rebelión
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